NAVARRA: ¿Ya ha aportado a su plan de pensiones?
No olvide que es una de las alternativas que tiene para reducir su tributación en Renta.
Como sabe, la declaración de la Renta de 2025 debe presentarse entre abril y junio de 2026, pero si quiere reducir la cuota a ingresar, debe actuar antes de que finalice el año.
Tenga en cuenta que las aportaciones a los planes de pensiones reducen la base imponible. Conozca cuáles son los límites de estas reducciones (ojo, es un límite conjunto a todos los sistemas de previsión social).
✓ Si se trata de su plan de pensiones:
La menor de las cantidades siguientes:
- El 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades empresariales y profesionales percibidos individualmente en el ejercicio; 50%, si el partícipe o mutualista es mayor de 50 años.
- 1.500 euros anuales. Este límite se incrementa en 8.500 euros o en 4.250 euros, según los casos, siendo la cuantía máxima de reducción por aplicación de estos incrementos de 8.500 euros anuales.
✓ Si realiza aportaciones al plan de pensiones de su cónyuge o pareja estable:
- Hasta 1.000 euros.
Para ello, se exige que su cónyuge o pareja estable no obtenga rendimientos netos de trabajo ni de actividades empresariales o profesionales, o que estos sean inferiores a 8.500 euros.
✓ Especialidades para los planes de pensiones a favor de persona con discapacidad:
- Hasta 24.250 euros, para las aportaciones de la propia persona con discapacidad.
- Hasta 10.000 euros, si las aportaciones se realizan a favor de persona con discapacidad.
En este caso, el límite conjunto es de 24.250 euros.
Plantéese aportar dinero a su plan de pensiones antes de final de año y reduzca su tributación en Renta de 2025.-
PAÍS VASCO Y NAVARRA: Voy a vender un inmueble ¿Tendré que pagar el IBI?
Le aclaramos algunas cuestiones que se le pueden plantear en relación con el pago de este impuesto.
-
PAÍS VASCO Y NAVARRA: Premios de juegos y apuestas on line
Conozca su tratamiento especial en Renta...
-
PAÍS VASCO Y NAVARRA: ¿Olvidó contabilizar un gasto?
Si al cerrar 2025 detecta que no contabilizó un gasto en un ejercicio anterior, aún puede hacerlo y deducirlo en Sociedades.